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Quién paga la nevera en un piso de alquiler según la LAU
Alquiler · 5 min

Quién paga la nevera en un piso de alquiler según la LAU

Cuando una nevera falla en un piso alquilado, la respuesta no depende solo de si es un electrodoméstico: importa su causa, su estado al entrar, lo que diga el contrato y si hablamos de avería, desgaste por uso o falta de conservación. Esta guía le ayuda a distinguir quién debe pagarlo y cómo actuar.

La respuesta corta: depende de la causa de la avería

En un piso de alquiler, la nevera no se paga siempre por la misma parte. La regla práctica es esta: si el problema deriva del **uso normal**, del **desgaste pequeño** o de una avería que no es imputable al inquilino, lo habitual es que entre dentro de las obligaciones de conservación del arrendador. Si, por el contrario, la nevera se ha estropeado por un mal uso, un golpe, una manipulación incorrecta o una falta de cuidado atribuible al arrendatario, la reparación o sustitución puede corresponder al inquilino.

La LAU no dice “la nevera la paga siempre el propietario” ni “la paga siempre el inquilino”. Lo que hace es fijar un marco general de conservación y de reparto de responsabilidades. En los contratos de vivienda, las partes pueden pactar algunas cuestiones, pero no pueden vaciar en perjuicio del arrendatario las normas imperativas del título correspondiente. La base legal relevante es la Ley de Arrendamientos Urbanos, especialmente el régimen de obligaciones de conservación y el de gastos y servicios.

Qué mirar antes de decidir quién paga

Antes de asumir que “la nevera es del propietario” o “la nevera la rompe el inquilino”, conviene hacer un diagnóstico sencillo. No basta con que el electrodoméstico deje de enfriar: hay que saber por qué.

1. **Compruebe si la nevera estaba incluida en el alquiler.**

Si se alquiló amueblada o equipada, la nevera forma parte de lo arrendado y su estado importa desde el primer día. La LAU extiende el régimen de vivienda a mobiliario y dependencias accesorias cuando se arriendan como parte de la finca.

2. **Revise el inventario y el acta de entrega.**

Un inventario claro evita discusiones: modelo, número de serie si se anotó, estado exterior, funcionamiento básico, estantes, cajones, congelador, juntas y si hacía hielo o ruido anormal al entrar. Si no existe inventario, luego es más difícil probar si el desperfecto ya estaba o apareció después.

3. **Diferencie avería técnica de desgaste por uso.**

Una nevera puede fallar por edad, obsolescencia o una pieza interna que deja de funcionar. Eso no es lo mismo que una puerta dañada por un golpe, un tirador arrancado o una goma rota por un cierre forzado.

4. **Compruebe si la nevera funciona mal desde el inicio.**

Si el arrendatario comunica pronto que enfría poco, hace hielo o pierde agua, puede tratarse de un defecto preexistente o de un problema de conservación. Si aparece tras una conducta concreta del inquilino, cambia el análisis.

Regla general: conservación del propietario y cuidado del inquilino

La LAU distingue entre la obligación del arrendador de conservar la vivienda para que sirva al uso pactado y la obligación del arrendatario de mantenerla en buen estado por el uso ordinario y de responder de los daños causados por su descuido. En propiedad horizontal, además, la lógica general de conservación y uso diligente también está presente en la ley especial de la comunidad de propietarios, que impone a cada propietario mantener su piso o local en buen estado y responder de los daños ocasionados por su descuido.

Dicho de forma simple: si la nevera se estropea **porque se usa normalmente**, la reparación suele encajar en la conservación a cargo del arrendador. Si se estropea **porque el inquilino la ha maltratado**, el coste puede ser suyo.

Un criterio útil es este:

- **Propietario/arrendador**: avería interna, fallo eléctrico o mecánico no imputable al uso indebido, sustitución por fin de vida útil, reparación necesaria para conservar el electrodoméstico dentro de la vivienda arrendada.

- **Inquilino/arrendatario**: roturas por golpes, mala manipulación, falta de limpieza grave que cause daño, descongelación indebida, uso contrario a las instrucciones del fabricante o daños provocados.

En materia de gastos, la LAU permite pactar por escrito ciertos gastos generales y servicios individualizables, pero no traslada automáticamente cualquier coste al arrendatario. Además, los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato no pueden repercutirse al inquilino bajo ningún concepto. Eso no resuelve por sí solo la nevera, pero sirve para recordar que el contrato no puede imponerle todo sin límite.

Cómo actuar si la nevera falla: pasos prácticos

1. **Avise por escrito cuanto antes.**

No lo deje “para ver si aguanta”. Un mensaje o correo con fecha ayuda a dejar constancia de la incidencia.

2. **Describa el síntoma, no solo el resultado.**

No diga únicamente “no funciona”. Indique si no enfría, si hace ruido, si pierde agua, si el congelador no congela o si salta el diferencial.

3. **Adjunte fotos o vídeos si puede.**

Sirven para acreditar el estado y orientar el diagnóstico.

4. **Revise el inventario y el contrato.**

Busque si la nevera estaba incluida, si se entregó “en buen estado”, si hubo observaciones al entrar y si existe alguna cláusula de mantenimiento de electrodomésticos.

5. **Pida una evaluación técnica si la causa no está clara.**

Si la avería es discutida, un diagnóstico objetivo evita discusiones innecesarias.

Errores frecuentes que conviene evitar

- **Asumir que toda avería de electrodoméstico es del inquilino.** No es correcto.

- **Asumir que toda nevera incluida en la vivienda la paga siempre el propietario.** Tampoco.

- **Tirar la nevera sin documentar el estado previo.** Puede complicar la prueba.

- **Sustituirla por otra sin acuerdo y pedir luego el reembolso automático.** Mejor dejarlo pactado antes.

- **No revisar el inventario en la entrada y en la salida.** Es el documento que suele decidir muchos conflictos.

Qué conviene dejar por escrito para evitar discusiones

Si usted alquila o arrienda una vivienda con nevera, lo más prudente es dejar claros estos puntos desde el inicio:

1. Modelo o descripción del electrodoméstico.

2. Estado aparente al entregar la vivienda.

3. Quién asume la reparación si falla por uso normal.

4. Qué ocurre si la nevera deja de funcionar por mal uso.

5. Cómo se comunica una incidencia y en qué plazo se debe responder.

Este enfoque no sustituye el contrato ni el análisis individual del caso, pero reduce mucho los conflictos. Si la nevera falla y no está claro si es una avería normal o un daño imputable, conviene revisar la documentación antes de pagar por su cuenta.

Si quiere preparar mejor su contrato, su inventario o la entrega de una vivienda amueblada, puede pedir ayuda en UBICASA o solicitar una valoración orientativa online. La estimación es orientativa, incluye rango e informe PDF y, si lo desea, visita opcional.

**Orientación general:** esta guía no sustituye asesoramiento individual sobre su contrato concreto, el estado del electrodoméstico ni la documentación firmada por las partes. Si hay discrepancia, la clave estará en la prueba del inventario, del uso y de la causa de la avería.

### En resumen

La nevera en un piso de alquiler la paga normalmente **el propietario** cuando se trata de conservación, desgaste ordinario o avería no imputable al inquilino. La paga **el inquilino** cuando el daño proviene de un mal uso o de una conducta negligente. La diferencia no está en que sea una nevera, sino en **por qué se ha roto** y **qué acredita el inventario**.

Si usted quiere evitar conflictos, documente el estado del aparato al entrar y deje por escrito quién asume las reparaciones y sustituciones en cada supuesto.